¿Qué es un Plan de Igualdad?



Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de género.

Los planes de igualdad se articulan como verdaderos Sistemas de Gestión, en el que se establecen objetivos concretos, se desarrollan estrategias y prácticas para alcanzar estos objetivos, y se realiza seguimiento y verificación del cumplimiento de los objetivos previamente fijados.

Las características de un Plan de Igualdad son las siguientes:

Planes de igualdad

¿Quiénes están obligados a contar con un Plan de Igualdad?


El Real Decreto-ley 6/2019 que modifica el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, establece la obligatoriedad de implantar Planes de Igualdad a las empresas que cuenten con más de 50 empleados.

Para facilitar su desarrollo, la normativa concede un periodo de tiempo para su efectiva implantación:

  • 7 de Marzo de 2020: Empresas de 151 a 250 trabajadores.
  • 7 de Marzo de 2021: Empresas de 101 a 150 trabajadores.
  • 7 de Marzo de 2022: Empresas con más de 50 trabajadores.

Además, también deben implantar un Plan de Igualdad las empresas que están obligadas por Convenio Colectivo, o cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho Plan.

¿Qué pasos se han de seguir para elaborar un Plan de Igualdad?


La elaboración de un Plan de Igualdad es un proceso estructurado en una serie de fases que detallamos a continuación:

Planes de igualdad

Obligación de inscripción de los Planes de Igualdad


Los Planes de Igualdad serán objeto de inscripción obligatoria en el Registro de Planes de Igualdad, tanto si se trata de planes obligatorios como voluntarios, e independientemente de que hayan sido o no adoptados por acuerdo entre las partes.

FAQS PLANES DE IGUALDAD


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