Compliance
Protocolo de Prevención de Acoso Sexual y por Razón de Sexo
El Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo es una obligación legal para todas las empresas, independientemente de su tamaño, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, el Estatuto de los Trabajadores y la normativa en materia de igualdad y prevención de riesgos laborales.
Importancia de la Implantación Efectiva
La normativa no solo exige la existencia formal de un documento, sino la implantación efectiva de un sistema de prevención, detección y actuación. Esto incluye:
- Medidas Preventivas:
Estrategias para minimizar el riesgo de acoso. - Procedimientos Claros:
Pasos definidos para actuar ante situaciones de acoso. - Garantías para las Personas Implicadas:
Protección y apoyo para quienes denuncian acoso. - Capacidad de Respuesta:
Habilidad de la organización para actuar de manera rápida y efectiva ante denuncias.
Un protocolo genérico, incompleto o meramente formal puede exponer a la organización a responsabilidades administrativas, laborales y reputacionales, y agravar su posición jurídica ante una denuncia o inspección.
Nuestro proceso
1
Declaración Expresa de Tolerancia Cero
Frente al acoso sexual y por razón de sexo.
2
Definición Clara y Jurídica
De las conductas constitutivas de acoso.
3
Ámbito de Aplicación
Personal, terceros, proveedores, etc.
4
Medidas Preventivas y de Sensibilización
Estrategias para fomentar un ambiente laboral seguro.
5
Procedimiento de Actuación Claro
Accesible y confidencial para todos los empleados.
6
Canales de Denuncia Seguros
Conocidos por la plantilla, asegurando su uso.
7
Garantías Procedimentales
Presunción de inocencia, Confidencialidad, Protección frente a represalias, Tramitación diligente y proporcional.
8
Medidas Cautelare
Cuando proceda, para proteger a las partes implicadas.
9
Régimen Disciplinario
Conforme al marco laboral aplicable.
10
Coordinación
Con prevención de riesgos laborales y políticas de igualdad
11
Sistema de Seguimiento, Revisión y Actualización
Para garantizar la vigencia y efectividad del protocolo.
Enfoque de Applicalia
En Applicalia, desarrollamos Protocolos de Acoso Sexual y por Razón de Sexo aplicando un enfoque basado en sistemas de gestión y Compliance. Incorporamos desde el inicio un criterio jurídico sólido. Al ser abogados y abogadas, diseñamos protocolos no solo correctos desde el punto de vista formal, sino también jurídicamente defendibles en escenarios reales de conflicto, inspección o procedimiento judicial.
Características del Protocolo
Este enfoque permite construir un Protocolo:
- Conforme a los Requisitos Legales: Sin lagunas ni errores formales.
- Trazable y Garantista: Procedimiento claro y documentado.
- Operativo: Aplicable en la práctica y conocido por la plantilla.
- Defendible: Preparado para denuncias, inspecciones y procedimientos disciplinarios o judiciales.
El resultado es un Protocolo de Acoso implantado, eficaz y sostenible, integrado en la gobernanza y en los mecanismos internos de control de la organización.
Este nivel de concreción es clave para que el protocolo sea válido, aplicable y defendible.
Acompañamos a la organización en todas las etapas del desarrollo del Protocolo de Acoso:
- Análisis Normativo y del Contexto Organizativo: Identificamos las obligaciones legales aplicables y analizamos la estructura de la organización para diseñar un protocolo ajustado y proporcional.
- Diseño Jurídico del Protocolo de Acoso: Elaboramos un protocolo completo, conforme a la Ley Orgánica 3/2007 y al Estatuto de los Trabajadores, incorporando todos los requisitos legales y garantías exigibles.
- Definición del Procedimiento y de los Órganos de Actuación: Establecemos un procedimiento claro y garantista, definiendo responsables, plazos, medidas cautelares y criterios de actuación.
- Implantación y Comunicación: Acompañamos en la implantación real del protocolo, asegurando su correcta difusión y accesibilidad para toda la plantilla.
- Seguimiento, Revisión y Soporte Jurídico: Prestamos soporte continuado para:
- Actualización del protocolo.
- Resolución de dudas interpretativas.
- Asesoramiento jurídico ante denuncias o incidencias.
Preguntas frecuentes
Sí. Prestamos asesoramiento jurídico durante la tramitación de denuncias o incidencias
Sí. Debe actualizarse ante cambios normativos u organizativos.
Puede dar lugar a sanciones, requerimientos, nulidad de actuaciones disciplinarias y responsabilidad para la empresa.
No. Debe estar implantado, comunicado y ser aplicable en la práctica para ser efectivo.
Sí. Todas las empresas están obligadas a contar con un Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo.
¿Por qué Applicalia?
- Abogados y Abogadas con Enfoque de Compliance Diseñamos protocolos con criterio jurídico, no solo formal. Esto es clave en procedimientos sensibles con consecuencias laborales y legales.
- Protocolos Preparados para Situaciones Reales Nuestros protocolos están pensados para activarse correctamente, con garantías para todas las partes y seguridad jurídica para la organización.
- Integración en el Sistema de Control Interno El Protocolo de Acoso se integra en la gobernanza, la política de igualdad y los mecanismos internos de control, no como un documento aislado.
- Rigor Jurídico con Costes Ajustados Aplicamos metodología y experiencia para ofrecer protocolos sólidos, proporcionados y con planificación realista.